starki wrote:Hola, aunque el tema es de ya casi un mes, queria preguntarle a Pedro de donde ha sacado eso de 300Euros + 4 puntos por llevar una reforma de importancia, hasta lo que yo se la multa con la nueva reforma que entro en vigor el dia 01-06-2010, una reforma de importancia son 200 euros y si la pagas en 20 dias 100euros, eso siempre y cuando no afecte a la seguridad vial, que en tal caso se puede hasta inmovilizar el vehículo.
Las estaciones ITV, estan gestionadas por empresas privadas en concierto con las Comunidades autonomas a las que pertenezcan y dependiendo donde lleves el vehículo te la pasaran de una manera o de otra.
Todo esta recogido en el reglamento general de vehiculos, apartado reformas en vehiculos de la categoria M-1 y las reformas se pueden consultar todas por internet mismo, diferenciando las reformas de importancia Art. 7-ap2. opc-1a e incumplir las condiciones tecnicas reglamentarias Art 12.- opc-1a.
En ocasiones se han realizado proyectos y reformas en vehiculos por empresas dedicadas a estos fines sin necesidad.
En lo que si lleva razón Pedro en que todos los poductos que instalemos en nuestros coches deben estar homologados.
En cuanto a los seguros hasta lo que yo se en caso de accidente no tiene porque ser la causa principal el que lleve un baca sin homologar la que haya producido el accidente y por tanto lo unico que puede pasar es que no te la pague el seguro si lo tienes asegurado a todo riesgo, pero si no tienes la culpa del accidente los daños de tu vehículo por supuesto que te lo paga el otro.
Las reformas que mas afectan a los todo terreno son las elevaciones excesivas, los aletines, los neumaticos, defensas, estriveras, instalacion de focos adicionales, asientos, pero creo que a pocos de este foro se les da el caso.
Mientras no subas el coche mas de 5 cm, no le instales focos no autorizados,no lo ensanches mas de 3cm, no le pongas asientos raros y los neumaticos que le pongas sean equivalentes a los reflejados en la ficha tecnica no vas a tener muchos problemas de cara a la ITV ni a los Agentes de la Autoridad.
Starki...lo primero es decirte cuánto me sorprende tu "primer" mensaje aquí con nosotros. Ahora te voy a dar mi impresión de lo que has puesto ya que lo estoy considerando un ataque personal. Y que conste que no he respondido antes porque he pasado el fin de semana de viaje.
Te comento, cuando quieras poner normas y leyes, ten la certeza de lo que estás poniendo, ya que la ley de tráfico que modifica las sanciones entró en vigor el 25 de Mayo de 2010, y el dia 2 de Julio de 2010 salió el nuevo procedimiento que regula las reformas de importancia, que para tu información, no entrará en vigor hasta 6 meses después de su publicación, o sea, para enero del 2011, y un nuevo reglamento general de vehículos que entró en vigor el 21 de enero de 2010. También debo decirte que saldrá un nuevo manual de reformas de importancia, del que, salvo que seas un laboratorio autorizado o algún técnico del sector, dudo que ni siquiera conozcas el borrador y que van a variar muy mucho las cosas, para adaptarlo a la normativa europea vigente. Cuidado con las normas (a ver cuando me pasas esa que dices del 1 de Junio de 2010), que mi trabajo se basa en tenerlas controladas perfectamente para que se cumplan, ya que está en juego mi responsabilidad civil y mi responsabilidad penal de lo que "firmo". Cuando tú pases gran parte diaria vigilando el BOE, el DUE, las 79 directivas españolas y los 113 Reglamentos en vigor sólo en lo que vehículos y homologaciones se refiere, hablamos. Te voy a copiar íntegramente lo que pone la nueva ley de tráfico:
faltas muy graves sancionadas con 500€
Conducir careciendo de la autorización administrativa correspondiente (4 puntos)
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial ( - puntos)
si no pasas las condiciones técnicas (ITV caducada/no pasada) incumples las condiciones técnicas, pero también las administrativas, porque ¿la ITV es gratis? no, lleva una tasa administrativa asociada igual que el impuesto de tracción mecánica por ejemplo, documentos que el coche tiene que llevar y llevarlos en vigor. Ya te puedo asegurar yo que el seguro, si descubre que llevas algo no homologado debidamente, anularía tu ficha técnica y por consiguiente pierdes todo derecho. Imagina que la baca que comentas en cuestión, en un accidente que te dé otro coche a ti, que el otro tenga la culpa, tu baca se escapa, y mata a una persona...estoy seguro al 100% que la compañia aseguradora será comprensible y no te harán responsable (ironía).
Segundo, ¿eres de la competencia?¿has tenido malas experiencias? yo en ningún momento creo haber engañado ni mentido a nadie del foro, y por tus palabras dices que "usamos las sanciones" para cobrar por lo que no se tiene que homologar, eso que "insinuas" a mi me ofende y mucho. Aquí hay 2 personas que han pedido presupuesto e información, y ellos pueden decir cómo los hemos tratado, informando siempre e intentando reducir al máximo los costes y los problemas para ellos, informando de lo que se puede o no se puede, y de lo que podemos intentar "colar" de alguna manera. Te repito que nos ofende y mucho, lanzando la acusación que lanzas de como queremos meter miedo para que la gente homologue con nosotros.
Tercero, te cito primero y luego te respondo
starki wrote:ah y otra cosa " todo lo que este homologado tiene que estar reflejado en la ficha tecnica[/b][/i][/b]" eso no es del todo correcto, unos separadores que no modifiquen la anchura del vehículo en + de 3cm y tenga certificado de homologacion no necesita reflejarse en ficha tecnica, tintado de lunas idem,... etc..., neumaticos equivalentes igual, y asi sucesivamente
Te equivocas completamente. Hay dos formas de homologar, una, que lo haga el fabricante con su producto para un determinado vehículo o determinados vehículos o que la ITV lo anote en la ficha técnica de un vehículo. Para las homologaciones en reformas de importancia de vehículos, quien "homologa" es el ministerio de industria, a través de la ITV como organismo técnico y administrativo autorizado. Los laboratorios y los técnicos competentes (como nosotros) tramitamos la homologación. Todo lo que no aparezca en tu ficha técnica no está homologado para que tú lo lleves. Distinto es que haya ciertas tolerancias de medida que no son susceptibles de homologar porque no se consideran reforma. ¿Puedes decirnos tú TODAS las tolerancias? ¿Puedes decirnos tú TODO lo que no se considera reforma de importancia? Creo que no, lo dudo muchísimo. Si tú pones unos neumáticos equivalentes, te aconsejo a que en la ITV pidas anotación en la ficha técnica o en la hoja de resolución de la misma en el apartado de observaciones, porque si te paran los guardias, a ver cómo les explicas que los neumáticos son equivalentes, que seguro que ellos son tan amables y tan comprensivos de sacar el metro, medir y ponerse a echar cálculos....
starki wrote:en cambio un gancho de remolque, estriveras, defensas, si aunque lleven certificado de homologacion, para todos estos temas tienes que tener el reglamento general de vehiculos muy actualizado y estar cada dos por tres mirando las actualizaciones.
¿A qué te refieres con certificado de homologación? ¿a que vengan con marcado CE? ¿Tú cuando compras una lavadora a que pone CE verdad? pues con las piezas que se compran deben llevar el certificado de conformidad CE que dice que ese producto es apto para venderlo en los países de la Unión Europea. ¿Tú eres consciente de las 45 reformas actuales de lo que es necesario en cada una y que todas y cada una de ellas no está homologada sino aparece anotada en la ficha técnica del vehículo? Lo dudo muchísimo. Nosotros tenemos el manual en nuestro poder, y en breve será una de las posibles cosas que se puedan descargar de nuestra web, junto con las normas y todo lo que consideramos necesario para INFORMAR debidamente.
¿Reglamento General de Vehículos? Veo que estás muy desinformado amigo, en el Reglamento General de Vehículos que citaste al principio en el Art. 7 Reformas de Importancia dice que el titular del vehículo debe regularizarla ante el órgano de la Administración correspondiente, cumpliendo la normativa vigente en cuanto a los reglamentos técnicos, etc. Yo te puedo asegurar que estamos corriente 100% de las normas y las actualizaciones que van saliendo, te digo que yo me juego mucho con mi "firma" y también te puedo asegurar, que las ITV están al tanto del tema, más incluso que nosotros. Y no te diremos esto es así o esto no es así sino estamos seguros de lo que estamos diciendo, tras haber consultado toda la normativa que exista al respecto o que se pueda interpretar que afecta (los que tienen que interpretar las normas somos nosotros, la ITV y los guardias...la interpretación de una persona no sirve para nada, y sino ¿has intentado rebatir algo alguna vez a un guardia o a la ITV? ya verás qué interpretación es la válida).
starki wrote:Al igual que mi kk seguro que el kj tambien traen de serie protecciones de bajos desde el cubre carter hasta el deposito, y si te fijas en la ficha tecnica eso no viene reflejado, si tu cambias las que trae por otra marca no estas cambiando nada o yo lo entiendo asi, no modificas la estructura, pones otra marca comercial que seguro tiene contraseña de homologacion, si te quieren rizar el rizo te lo pueden hacer pero un buen recurso y seguro que lo ganas.
Lo puede traer de serie, claro, y no aparece en la ficha técnica que tú tienes, que es "reducida", ya que la ficha técnica que entrega el fabricante al Industria cuando homologa el coche "entero" resulta que son 3 ó 4 folios mínimo en donde se especifica todo. ¿Acaso en tu ficha técnica aparece qué suspensión viene de serie?¿Qué escape viene de serie?¿Qué relaciones de marchas vienen de serie?No, pero las bases de datos que manejan la ITV son algo más complejas que lo que tú y todo el mundo tenemos en nuestro coche.
Amigo, lamento contestarte así, pero ésto lo considero un ataque totalmente personal y ofensivo, ya que nos estás llamando mentirosos, desinformados, abusivos y que queremos meter miedo para homologar a cualquier costa. Eres tú el que te debes informar debidamente, ya que éste es mi trabajo y en ello me va mi responsabilidad civil y penal, con lo cual te puedo asegurar que sé de lo que hablo y que me informo muy bien de todo antes de nada. Aquí hay 2 personas que pueden hablar del trato con nosotros, que les hemos informado de todo al máximo en concreto sobre su caso, y mira si seremos aprovechados que no hemos cerrado con ellas el acuerdo, ni le hemos cobrado nada ni nada, en su poder está el que lo hagan con nosotros o con otros, es su decisión. Así que por nuestra parte te recomiendo que te disculpes y te retractes de lo que pones, y si quieres rebatirme con algo, que lo hagas con exactitud y precisión, y con datos concretos, no intentes echarnos tierra encima sin fundamento alguno.
También pido disculpas a los moderadores y administradores del foro, pero no puedo consentir un ataque en éstos términos. También pedir disculpas al resto de usuarios del foro si en algo les ofendemos o molestamos de lo que hayamos puesto, pero reitero que entiendo que es algo ofensivo sin fundamento alguno, con lo que está de sobra.